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4.30 Trabajar solo


4.30 Trabajar solo

Se considera que el empleado trabaja solo cuando ninguna otra persona puede verle ni oírle. Los empleados no deben trabajar solos cuando realicen tareas de alto riesgo. Entre algunas actividades de alto riesgo cabe mencionar a mero título enunciativo el trabajo en alguna de las siguientes condiciones:

  • Trabajos a altura

  • Trabajos en espacios limitados o confinados

  • Trabajos con electricidad

  • Trabajos con sustancias o materiales peligrosos

  • Trabajos con equipos peligrosos como motosierras o plataformas articuladas elevadoras para personal

  • Trabajos con materiales a alta presión

  • Trabajos en los que exista potencial de violencia

Se deben tomar las siguientes precauciones para contribuir a garantizar la seguridad de quien trabaje solo:

  • Establecer un procedimiento en el que el empleado deba presentarse ante el supervisor o llamar a intervalos regulares.

  • Asegurarse de que se haga contacto con todos los empleados con regularidad.

  • Establecer formas para saber de las personas mientras trabajen.

  • Programar que las tareas de alto riesgo se efectúen durante las horas hábiles habituales o cuando esté presente otro empleado que pueda prestar ayuda en caso de emergencia.