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2.18 Capacitación sobre seguridad (programada)


2.18 Capacitación sobre seguridad (programada)

Los gerentes y los supervisores deben programar regularmente reuniones de capacitación sobre seguridad a la cual deben asistir todos los empleados. La frecuencia de esas reuniones la determina la gerencia del departamento. Se sugiere que las capacitaciones se realicen mensualmente en los trabajos de naturaleza industrial, y trimestralmente en los trabajos desempeñados en oficinas. La capacitación puede impartirse por medio de instrucción en salones de clases, módulos individuales en línea o autoaprendizaje.

Se debe documentar todas las capacitaciones de seguridad, bien sea electrónicamente o con un Registro de la reunión de capacitación sobre seguridad (véase el capítulo 7). Los supervisores deben revisar estos registros periódicamente para hacer seguimiento a la asistencia. Utilice el Registro de capacitación de seguridad—formulario anual (véase el capítulo 7) para hacer seguimiento manual a la asistencia. Conservar en archivo toda la documentación de las capacitaciones impartidas del año en curso y los de los últimos tres años.