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Capítulo 40: Doctrina y Convenios 102, 104


“Capítulo 40: Doctrina y Convenios 102, 104”, Doctrina y Convenios: Manual del alumno, 2017

“Capítulo 40”, Doctrina y Convenios: Manual del alumno

Capítulo 40

Doctrina y Convenios 102104

Introducción y cronología

Desde la organización de la Iglesia el 6 de abril de 1830, el profeta José Smith había efectuado conferencias con los élderes y sumos sacerdotes para decidir sobre importantes asuntos eclesiásticos. Revelaciones posteriores aclararían más el papel y las funciones de los líderes del sacerdocio en la administración de la Iglesia (véase D. y C. 107:59–100; véase también D. y C. 107, encabezamiento de la sección). De acuerdo con la revelación recibida en noviembre de 1831 (véase D. y C. 107:78–79; véase también D. y C. 107, encabezamiento de la sección), el profeta José Smith organizó el primer sumo consejo el 17 de febrero de 1834, el cual seguía el modelo del orden de los consejos de la antigüedad que él había visto en visión. Las minutas (o notas) de esa reunión fueron revisadas por el Profeta y están registradas en Doctrina y Convenios 102.

En abril de 1832, obedeciendo el mandamiento del Señor, el profeta José Smith organizó la Firma Unida para administrar las operaciones mercantiles de la Iglesia. A comienzos de 1834, la Firma Unida enfrentaba graves problemas financieros y, en una reunión celebrada el 10 de abril de 1834, los miembros de la Firma Unida decidieron disolver la organización. No obstante, dos semanas después el Profeta recibió una revelación que está registrada en Doctrina y Convenios 104, en la que el Señor mandaba reorganizar la Firma y aconsejaba a los líderes de la Iglesia que pagaran sus deudas y cuidaran de los pobres.

Marzo–abril de 1832Por revelación se manda a nueve poseedores del sacerdocio que establezcan la Firma Unida (también conocida como la Orden Unida) para supervisar las operaciones mercantiles de la Iglesia (véase D. y C. 7882).

Otoño de 1833Los santos del condado de Jackson, Misuri, son expulsados de sus hogares.

17 de febrero de 1834El profeta José Smith organiza el primer sumo consejo en Kirtland, Ohio. Doctrina y Convenios 102 contiene las minutas, o notas, de la reunión, tras ser revisadas por el Profeta.

10 de abril de 1834Debido a las dificultades económicas, los miembros de la Firma Unida deciden disolver la organización.

23 de abril de 1834Se recibe Doctrina y Convenios 104.

5 de mayo de 1834El profeta José Smith sale de Kirtland, Ohio, con el Campo de Israel (más tarde llamado Campo de Sion) rumbo a Misuri.

Doctrina y Convenios 102: Antecedentes históricos adicionales

Luego de organizar la Iglesia en abril de 1830, el profeta José Smith siguió la instrucción del Señor de llevar a cabo conferencias trimestrales para atender los asuntos de la Iglesia (véase D. y C 20:61–62). Además de esas conferencias, se celebraban periódicamente pequeñas reuniones (también llamadas conferencias o consejos), en las cuales los élderes y los sumos sacerdotes ayudaban a decidir sobre importantes asuntos de la Iglesia, incluyendo cómo disciplinar a los miembros que habían cometido pecados graves. Los participantes en estas conferencias o reuniones de consejo variaban según la ubicación de la reunión y quiénes estaban disponibles para asistir (véase The Joseph Smith Papers, Documents, tomo III, febrero de 1833–marzo de 1834, editado por Gerrit J. Dirkmaat y otros, 2014, págs. 435–436; véase también Joseph F. Darowski y James Goldberg, “La restauración del antiguo orden”, en Revelaciones en contexto, editado por Matthew McBride y James Goldberg, 2016, págs. 224–225, o history.lds.org).

En una conferencia efectuada en Kirtland, Ohio, el 12 de febrero de 1834, el profeta José Smith explicó: “Nunca he presentado ante ningún consejo… el orden por el cual debe conducirse un consejo, lo cual, tal vez, ha privado a los consejos de algunas bendiciones, o de muchas” (reportado por Orson Hyde, como secretario, en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo III, febrero de 1834–marzo de 1834, pág. 429; se ha estandarizado la ortografía). El Profeta explicó entonces cómo funcionaban las reuniones de consejo en la antigüedad: “En los días antiguos se conducían los concilios con tan estricta circunspección, que a nadie le era permitido susurrar, adormecerse, salir del salón o inquietarse en lo más mínimo hasta que se recibiera la voluntad del Señor por revelación, o que la opinión del consejo llegara a un consenso por el Espíritu”. Indicó también que eso contrastaba con la forma en que se habían estado comportando algunos miembros en los consejos de la Iglesia restaurada. Orson Hyde, quien tomaba notas durante la reunión, escribió: “En nuestros consejos, generalmente uno estaba inquieto, otro durmiendo, otro orando y otro no; uno prestaba atención a los asuntos que se estaban tratando, y otro a algo distinto”. Tras mencionar esas conductas, el profeta José Smith alentó a los hermanos a estar más atentos y en oración, en especial “al prepararse para juzgar el alma de [otra persona]” (en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo III, febrero de 1833–marzo de 1834, págs. 429–430).

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ilustración de Jesús sentado con Sus Apóstoles en un campo

En los días antiguos, los siervos del Señor se reunían en consejos para recibir dirección y conocer la voluntad del Señor.

Cinco días después, el 17 de febrero de 1834, el profeta José Smith se reunió con líderes del sacerdocio y otros miembros de la Iglesia en su casa en Kirtland y organizó a doce sumos sacerdotes como un “consejo residente” (D. y C. 102:3), dando a entender que ese consejo no se disolvería luego de tratar algunos problemas urgentes, sino que continuaría “residiendo” como un consejo para necesidades futuras. Se hizo referencia a este consejo como el “‘Consejo de Presidentes de la Iglesia’ en Kirtland, Ohio, más tarde conocido como el ‘sumo consejo de la Iglesia de Cristo’, o el sumo consejo de Kirtland” (en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo III, febrero de 1833–marzo de 1834, pág. 435). Como parte de su instrucción a este grupo, el Profeta dijo que “él mostraría el orden de los consejos de los días antiguos, tal como se le había mostrado en una visión”. La visión que él tuvo de un consejo de la Iglesia en Jerusalén, presidido por el apóstol Pedro y dos consejeros, fue utilizado como el modelo para el nuevo consejo organizado en Kirtland (en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo III, febrero de 1833–marzo de 1834, pág. 437).

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casa de José Smith en Kirtland, Ohio

La casa de José y Emma Smith entre 1834 y 1838 en Kirtland, Ohio

Al día siguiente, el Profeta trabajó afanosamente para revisar las minutas, o notas, de la reunión del consejo del 17 de febrero, en las que se reseñaba la organización del sumo consejo y los procedimientos a seguir para disciplinar a los miembros de la Iglesia acusados de transgresión. El 19 de febrero, él presentó sus revisiones al nuevo consejo, que las aceptó como “la forma y constitución del sumo consejo de la Iglesia de Cristo de ahora en adelante”. Tras impartir instrucciones adicionales y apartar a los miembros del consejo, el profeta José Smith declaró que el consejo “estaba organizado de conformidad con el orden antiguo y de acuerdo con la voluntad del Señor” (en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo III, febrero de 1833–marzo de 1834, pág. 439). Las minutas revisadas de la reunión del sumo consejo del 17 de febrero de 1834 se encuentran en Doctrina y Convenios 102.

En 1835 se agregaron los versículos 30–32 a las minutas registradas en Doctrina y Convenios 102 en preparación para la impresión de Doctrina y Convenios. Esos versículos aclaran la diferencia entre las decisiones tomadas por los sumos consejos temporales organizados en ubicaciones remotas y las decisiones que toma el Cuórum de los Doce Apóstoles, organizado en febrero de 1835.

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Mapa 7: Kirtland, Ohio, EE. UU., 1830–1838

Doctrina y Convenios 102

El profeta José Smith organiza el primer sumo consejo por revelación

Doctrina y Convenios 102:1–10. “… organizar el sumo consejo de la Iglesia de Cristo”

El Señor nombró sumos consejos para tratar muchos de los asuntos administrativos de la Iglesia. Las minutas, o notas de una reunión, registradas en Doctrina y Convenios 102, indican que uno de los propósitos de organizar el sumo consejo de la Iglesia en Kirtland era “allanar dificultades serias… las cuales ni la iglesia ni el consejo del obispo pudiesen arreglar a satisfacción de las partes” (Doctrina y Convenios102:2). Las “dificultades serias” probablemente eran casos en que los miembros hubieran cometido transgresiones graves, y el “consejo del obispo” se refería a un consejo disciplinario conducido por el obispo y sus consejeros (véase D. y C. 107:69–75). Aquellos miembros que no estaban conformes con el resultado de un consejo del obispo, podían apelar sus casos ante “el sumo consejo de la Iglesia de Cristo” en Kirtland (D. y C. 102:1).

El sumo consejo que se describe en Doctrina y Convenios 102 difería en algunos aspectos de los sumos consejos de las estacas de hoy. Si bien las presidencias de estaca presiden los sumos consejos de las estacas en la actualidad, “[el] presidente de la Iglesia… con la ayuda de otros dos presidentes”, es decir, la Primera Presidencia, presidía el sumo consejo de Kirtland (véase D. y C. 102:9–10). Además, el sumo consejo de Kirtland servía como el sumo consejo presidente de la Iglesia, y supervisaba los asuntos de la Iglesia en Kirtland, Ohio, y en las regiones circunvecinas. Para regular la Iglesia en Misuri, el profeta José Smith organizó otro sumo consejo en julio de 1834, el cual estaba presidido por David Whitmer, como presidente, y sus dos consejeros: John Whitmer y William W. Phelps (véase The Joseph Smith Papers, Documents, tomo IV, abril de 1834–septiembre de 1835, editado por Matthew C. Godfrey y otros, 2016, pág. 88). Cuando José Smith se trasladó a Misuri en 1838, él presidió el sumo consejo de Misuri, el cual reemplazó al de Kirtland como el sumo consejo presidente de la Iglesia (véase The Joseph Smith Papers, Documents, tomo III, febrero de 1833–marzo de 1834, pág. 440). Conforme aumentaba el número de miembros de la Iglesia, con el tiempo se organizaron estacas y se llamaron presidencias de estaca y sumos consejos para administrar la Iglesia dentro de los límites de cada estaca.

El profeta José Smith enseñó que, por medio del sumo consejo, “se podía conocer la voluntad del Señor en todas las ocasiones importantes para la edificación de Sion y el establecimiento de la verdad en la tierra” (citado por Frederick G. Williams, como secretario, en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo IV, abril de 1834–septiembre de 1835, pág. 93; se ha estandarizado la ortografía). Es mediante los consejos que el Señor gobierna Su reino en la tierra y dirige la obra de salvación.

El élder M. Russell Ballard, del Cuórum de los Doce Apóstoles, explicó:

“En el mundo preterrenal, Dios realizó un gran concilio para presentar Su glorioso plan destinado a nuestro bienestar eterno. La Iglesia del Señor está organizada con consejos en todos los niveles, comenzando por el Consejo de la Primera Presidencia y el Cuórum de los Doce Apóstoles y continuando con los consejos de estaca, barrio, cuórum, organizaciones auxiliares y familia.

“El presidente Stephen L. Richards [de la Primera Presidencia] dijo: ‘La genialidad del gobierno de nuestra Iglesia radica en gobernar por medio de consejos… He tenido bastante experiencia para saber lo valiosos que son. No pasa un día en el que no pueda apreciar… la sabiduría de Dios en la creación de consejos para gobernar Su reino… 

“‘Sin vacilar, les aseguro que, si se reúnen en consejo para deliberar, como se les pide que hagan, Dios les dará las soluciones a los problemas que afrontan’ (en Conference Report, octubre de 1953, pág. 86)” (véase “Fortalezcamos los consejos”, Liahona, enero de 1994, pág. 89).

Doctrina y Convenios 102:11. “… los otros presidentes tienen la autoridad para presidir en su lugar”

De acuerdo con las minutas del consejo registradas en Doctrina y Convenios 102, el Presidente de la Iglesia puede presidir el consejo con la ayuda de sus consejeros, o sin ellos. Si el Presidente estuviera ausente, “ambos o cualquiera de [sus consejeros]” puede presidir en su lugar (véase D. y C. 102:11). El presidente Gordon B. Hinckley (1910–2008) explicó cómo se aplica esta provisión a la Primera Presidencia: “Cuando el Presidente está enfermo o incapacitado para cumplir todas las funciones de su llamamiento, sus dos consejeros forman el Cuórum de la Primera Presidencia y llevan a cabo los deberes cotidianos de la Presidencia. En circunstancias extremas, cuando solo uno de ellos esté en condiciones de cumplir esa labor, puede hacerlo con la autoridad del oficio de la Presidencia, como se explica en Doctrina y Convenios, sección 102, versículos 10–11” (véase “La obra sigue adelante”, Liahona, julio de 1994, págs. 65–66).

Doctrina y Convenios 102:12–26. Los consejos disciplinarios de la Iglesia

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una presidencia de estaca en la India

Los consejeros ayudan al presidente de estaca, quien tiene la importante responsabilidad de presidir los consejos disciplinarios de estaca. Esta es la primera presidencia de estaca llamada en la India.

Actualmente, en la Iglesia, un presidente de estaca tiene la autoridad de ejercer la disciplina de la Iglesia en su estaca. Un obispo, junto con sus consejeros y tras consultar con el presidente de estaca, tiene la autoridad de llevar a cabo consejos disciplinarios para los miembros de su barrio. Si se determina que la excomunión de un poseedor del Sacerdocio de Melquisedec puede ser necesaria, entonces el presidente de estaca, junto con sus consejeros y los miembros del sumo consejo de la estaca, realizan el consejo disciplinario. Las minutas registradas en Doctrina y Convenios 102 dan las directrices para un sumo consejo cuando actúe como consejo disciplinario (véase D. y C. 102:12–26).

El élder M. Russell Ballard explicó los propósitos de los consejos disciplinarios de la Iglesia:

“El Señor ha dado dirección en las Escrituras concerniente a los consejos disciplinarios de la Iglesia (véase D. y C. 102) La palabra consejo trae a la mente un proceso de ayuda, de amor y de preocupación por la salvación y bendición del transgresor, que es la consideración principal.

“En ocasiones, los miembros preguntan por qué se realizan consejos disciplinarios en la Iglesia. Su propósito es tripartito: salvar el alma del transgresor, proteger al inocente y salvaguardar la pureza, la integridad y el buen nombre de la Iglesia” (“A Chance to Start Over: Church Disciplinary Councils and the Restoration of Blessings”, Ensign, septiembre de 1990, pág. 15).

Una declaración oficial de la Iglesia provee explicaciones adicionales acerca de la disciplina en la Iglesia:

“El propósito de todo consejo y toda disciplina en la Iglesia es ayudar a la persona a recibir la paz y la esperanza que proporciona la expiación de Cristo. No debe confundirse con castigo.

“La disciplina de la Iglesia se administra a nivel local, por parte de aquellos que mejor conocen las circunstancias y a la persona, y que pueden estar a su lado a lo largo del proceso de arrepentimiento.

“El propósito de la disciplina en la Iglesia no es castigar, sino facilitar el arrepentimiento pleno y el hermanamiento de una persona que ha cometido errores graves… 

“Dios ama a todos Sus hijos y desea que ellos sientan la paz y la restauración que provienen de la expiación de Su Hijo, Jesucristo. La disciplina a cualquier nivel, desde el arrepentimiento personal y la autodisciplina hasta la disciplina formal en el ámbito de la Iglesia, tiene como propósito hacernos mejores, ayudarnos a superar las debilidades y el pecado, y elevarnos a medida que procuramos llegar a ser verdaderos seguidores de Jesucristo” (“Church Discipline”, mormonnewsroom.org).

Doctrina y Convenios 102:12–17. “… echar suertes por números”

Las Escrituras contienen ejemplos de echar suertes, que era una manera “de hacer una elección o de eliminar varias posibilidades, lo cual a menudo se hace mediante la selección de un pedazo de papel o de un palito entre varios” (Guía para el Estudio de las Escrituras, “Suertes”, scriptures.lds.org; véanse también Mateo 27:35; Hechos 1:23–26; 1 Nefi 3:11). Hoy en día, en los consejos disciplinarios de estaca en la Iglesia, los miembros del sumo consejo echan suertes al seleccionar al azar un objeto (tal como un pedazo de papel) que tiene escrito un número del uno al doce (véase D. y C. 102:12). De acuerdo con Doctrina y Convenios 102:17, “[l]os consejeros que saquen números pares… son los que han de defender al acusado, y prevenir insulto e injusticia”, es decir, que el acusado esté representado con equidad.

El profeta José Smith explicó que “no era el orden de los cielos en los antiguos consejos presentar evidencia en contra y a favor del acusado, como en los tribunales judiciales modernos”. Más bien, cuando un miembro del sumo consejo habla en un consejo disciplinario debe “expresarse en forma precisa según la evidencia y de acuerdo con la inspiración del Espíritu del Señor”. Los miembros del sumo consejo no debían “intentar proteger al culpable cuando su culpa se hacía manifiesta”. En cambio, los miembros del sumo consejo asignados a defender al acusado habían de “defender su causa a fin de que su caso pudiera presentarse con justicia ante el Presidente [del sumo consejo], para que se tomase una decisión de acuerdo con la verdad y la rectitud” (citado por Orson Hyde, como secretario, en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo III, febrero de 1833–marzo de 1834, pág. 437; se ha estandarizado la ortografía). De modo que el objetivo de un consejo disciplinario es buscar la verdad por medio del Espíritu del Señor y permitir que la equidad y la justicia guíen el proceso. De esta manera, los consejos disciplinarios de la Iglesia ayudan a “salvar el alma del transgresor, proteger al inocente y salvaguardar la pureza, la integridad y el buen nombre de la Iglesia” (M. Russell Ballard, “A Chance to Start Over: Church Disciplinary Councils and the Restoration of Blessings”, pág. 15).

Doctrina y Convenios 102:19, 23. “… consultar y recibir la voluntad del Señor por revelación”

Aunque los miembros del sumo consejo en un consejo disciplinario de estaca aportan reflexiones y el presidente de estaca delibera en privado con sus consejeros, la decisión del fallo sobre el asunto recae en el presidente de estaca, que es el presidente del consejo (véase D. y C. 102:19). Al considerar los detalles del caso, así como la doctrina y las normas de la Iglesia, el presidente de estaca puede buscar claridad por medio de la revelación del Señor. Es importante recordar que, en el contexto del primer sumo consejo, el “presidente” al que se refiere en Doctrina y Convenios 102:23 era el profeta José Smith, el Presidente de la Iglesia, quien tenía la autoridad y las llaves del sacerdocio para recibir revelación a fin de clarificar la doctrina de la Iglesia. Actualmente, en la Iglesia, los obispos y los presidentes de estaca poseen llaves del sacerdocio que les permiten consultar al Señor y recibir revelación para decidir el fallo en los consejos disciplinarios de barrio o estaca.

El presidente Gordon B. Hinckley enseñó: “Cuando hay que formar un consejo disciplinario, los tres hermanos del obispado, o de la presidencia de estaca, o de la Presidencia de la Iglesia, se sientan, analizan el asunto y oran juntos para poder tomar una decisión. Hermanos, quiero asegurarles que pienso que nunca se pronuncia un juicio hasta después de haber orado sobre la decisión. Tomar medidas contra un miembro es un asunto demasiado delicado para dejarlo solo al juicio de los hombres, y particularmente de un solo hombre; si ha de hacerse justicia, tiene que contarse con la guía del Espíritu, la cual se ha de pedir fervientemente, y luego seguir” (véase “En… [los] consejeros hay seguridad”, Liahona, enero de 1991, pág. 57).

Doctrina y Convenios 104: Antecedentes históricos adicionales

En marzo y abril de 1832, el Señor mandó al profeta José Smith y a un grupo pequeño de líderes del sacerdocio en Ohio y Misuri que organizaran la Firma Unida (también llamada la Orden Unida). Ellos hicieron convenio de consagrar sus propiedades a la Iglesia y de trabajar juntos para administrar los almacenes de la Iglesia y el negocio de la imprenta (véanse D. y C. 78:1–3; 82:11–12). Además, los miembros de la Firma Unida “supervisaban las granjas y los bienes raíces residenciales, una fábrica de potasa, una curtiduría, una cantera de piedra, un aserradero y un horno para hacer ladrillos” (en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo II, julio de 1831–enero de 1833, editado por Matthew C. Godfrey y otros, 2013, pág. 498). Las ganancias obtenidas de esos negocios habían de usarse para financiar la obra de edificar Sion, y para generar los ingresos de los miembros de la Firma Unida (véase D. y C. 82:17–19).

Para abril de 1834, la Firma Unida estaba experimentando graves problemas financieros. Debido a la violencia de los populachos en Misuri en 1833, la imprenta de William W. Phelps en el condado de Jackson había quedado destruida, y la tienda de Sidney Gilbert había sido forzada a cerrar. En consecuencia, ni la imprenta ni la tienda podían generar ingresos para la Firma, pero esta todavía tenía que saldar las deudas que había contraído para establecer y aprovisionar ambos negocios. En Ohio, los miembros de la Firma Unida quedaron cada vez más endeudados con unas compañías de Nueva York que les habían prestado dinero para aprovisionar la tienda de Kirtland y para comprar terrenos y una nueva imprenta en Kirtland. Sumado a ello, algunos de los miembros de la Firma “manifestaron un espíritu de codicia por las propiedades de la Firma de las cuales eran responsables” (en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo IV, abril de 1834–septiembre de 1835, pág. 20). Debido a esas dificultades, “los miembros de la rama de Kirtland que pertenecían a la Firma Unida se reunieron el 10 de abril de 1834 y decidieron ‘que la Firma debía disolverse y que cada miembro’ recibiera una mayordomía o propiedad para supervisar y administrar” (en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo IV, abril de 1834–septiembre de 1835, pág. 21; véase también The Joseph Smith Papers, Journals, tomo I, 1832–1839, editado por Dean C. Jessee y otros, 2008, pág. 38). Unas dos semanas después, el profeta José Smith recibió la revelación registrada en Doctrina y Convenios 104, que contenía más instrucciones del Señor en cuanto a la Firma Unida y sus propiedades.

Si deseas más información acerca de la Firma Unida, consulta los comentarios sobre Doctrina y Convenios 78 y 82, en los capítulos 29 y 30 de este manual.

Nota: “En ediciones posteriores de Doctrina y Convenios, la Firma Unida se llamó la ‘Orden Unida’, y se insertaron seudónimos en lugar de los nombres de sus integrantes. Además, se cambió el lenguaje sobre el objetivo de la Firma a fin de que hiciera referencia más vagamente al hecho de cubrir las necesidades de los pobres. Esto se hizo para proteger la identidad de las personas que integraban la Firma y para mantener la confidencialidad de sus objetivos. Los nombres de esas personas volvieron a aparecer en las revelaciones en la década de 1980, pero todavía se hace referencia a la Firma como la Orden Unida en la edición de Doctrina y Convenios de 2013” (Matthew C. Godfrey, “Newel K. Whitney y la Firma Unida”, en Revelaciones en contexto, editado por Matthew C. Godfrey y James Goldberg, 2016, pág. 155, o history.lds.org).

Doctrina y Convenios 104:1–77

El Señor da instrucciones concernientes a la Firma Unida

Doctrina y Convenios 104:1–2. “… bendecidos con una multiplicidad de bendiciones”

Cuando se estableció la Firma Unida, sus miembros hicieron convenio de consagrar sus propiedades a la Firma y de trabajar en unidad para edificar Sion (véanse D. y C. 78:11–12; 82:11–12, 15). Posteriormente, el Señor les dio una “promesa inalterable e inmutable”, o absoluta y vinculante, “de que si eran fieles [a sus convenios], serían bendecidos con una multiplicidad de bendiciones” (véase D. y C. 104:2). El élder D. Todd Christofferson, del Cuórum de los Doce Apóstoles, enumeró algunas de las muchas bendiciones que pueden recibir los miembros de la Iglesia a medida que hacen y honran fielmente sus convenios con el Señor:

“Un convenio es un acuerdo entre Dios y el hombre en el que Dios fija las condiciones (véase Guía para el Estudio de las Escrituras, “Convenio”, pág. 38). En estos acuerdos divinos, Dios se compromete a sostenernos, a santificarnos y a exaltarnos a cambio de nuestro compromiso de servirle y de guardar Sus mandamientos… 

“Al vivir en obediencia a los principios y mandamientos del evangelio de Jesucristo, recibimos un caudal continuo de bendiciones que Dios nos promete al hacer convenio con nosotros. Esas bendiciones nos dan los medios que necesitamos para actuar y no simplemente para que se actúe sobre nosotros a lo largo de la vida… 

“En el sendero del convenio encontramos un suministro constante de dones y de ayuda… Somos parte del pueblo del convenio, una comunidad de santos que se alientan, se apoyan y se ministran unos a otros. 

“… nuestros convenios… producen la fe necesaria para perseverar y para hacer todo lo que el Señor considere necesario. Nuestro deseo de tomar sobre nosotros el nombre de Cristo y guardar Sus mandamientos requiere cierto grado de fe, pero al honrar nuestros convenios, la fe aumenta… 

“El compromiso que hacemos con Él mediante convenio permite a nuestro Padre Celestial dejar que Su influencia divina, el ‘poder de la divinidad’ (D. y C. 84:20), fluya hacia nuestra vida. Él puede hacer eso porque al participar en las ordenanzas del sacerdocio ejercemos nuestro albedrío y elegimos recibirlo… 

“Los convenios divinos producen cristianos fuertes. Te exhorto a que seas merecedor y recibas todas las ordenanzas del sacerdocio que puedas, y luego, que cumplas fielmente las promesas que hiciste bajo convenio. En los momentos de aflicción, asegúrate de que tus convenios tengan primordial importancia y que obedezcas con exactitud; entonces puedes pedir con fe, sin dudar en nada, según tus necesidades, y Dios responderá; Él te sostendrá al trabajar y al velar. En Su propio tiempo y a Su propia manera, Él te extenderá Su mano y te dirá: ‘Heme aquí’” (“El poder de los convenios”, Liahona, mayo de 2009, págs. 20–22).

Doctrina y Convenios 104:3–10. “… algunos de mis siervos… han quebrantado el convenio por motivo de su avaricia”

El Señor disciplinó a algunos miembros de la Firma Unida por haber “quebrantado el convenio por motivo de su avaricia, y con palabras fingidas” (D. y C. 104:4). “Palabras fingidas” son palabras deshonestas o que encubren la verdadera intención de una persona, y codiciar significa “envidiar a alguien o tener un deseo desmedido de poseer algo” (Guía para el Estudio de las Escrituras, “Codiciar”, scriptures.lds.org). El apóstol Pablo enseñó que la avaricia es una forma de “idolatría” (véase Colosenses 3:5). El poner nuestro corazón en las cosas del mundo nos impide ser completamente leales y devotos al Señor y a Su reino.

El élder Joseph B. Wirthlin (1917–2008), del Cuórum de los Doce Apóstoles, advirtió en cuanto a los peligros de la avaricia: “Hermanos y hermanas, guárdense de la avaricia. Esta es una de las grandes aflicciones de estos últimos días; genera codicia y resentimiento, y a menudo conduce al cautiverio, al sufrimiento y a aplastantes y abrumadoras deudas” (véase “Deudas terrenales y deudas celestiales”, Liahona, mayo de 2004, pág. 40).

El Señor advirtió a los miembros de la Firma Unida que si violaban sus convenios y no se arrepentían, serían “separados”, o excomulgados de la Iglesia, y entregados “a los bofetones de Satanás” (véase D. y C. 104:8–10). El élder Bruce R. McConkie (1915–1985), del Cuórum de los Doce Apóstoles, escribió que “ser entregado a los bofetones de Satanás significa que se ponga a esa persona en sus manos; que se la entregue a él, tras haberle retirado todo el poder protector del sacerdocio, de la rectitud y de la divinidad, para que Lucifer sea libre de atormentarla, perseguirla y afligirla sin estorbos ni impedimentos. Una vez que se está tras las rejas, las cadenas y maldiciones de Satanás en este mundo y en el venidero causan una angustia indescriptible que se representa como un lago de fuego y azufre” (Mormon Doctrine, 2.ª ed., 1966, pág. 108).

Doctrina y Convenios 104:11–14. “… y señaléis a cada cual su mayordomía”

Un mayordomo es alguien que administra la propiedad o los asuntos de otra persona. Como el Señor creó la tierra y todo lo que hay en ella, “todas las cosas” le pertenecen a Él: la tierra, sus recursos y Sus hijos que moran sobre la tierra (véase D. y C. 104:13–14, 55–56). Dado que todas las cosas pertenecen al Señor, nosotros somos Sus mayordomos. Basándose en este principio, el Señor mandó que a cada miembro de la Firma Unida le fuera señalada una mayordomía individual, que le sería asignada de entre las propiedades que administraba la Firma Unida. De ese modo, el Señor hizo a cada miembro de la Firma responsable de la administración y el uso de los recursos que Él le confiaba. De forma análoga, el Señor nos hará responsables a cada uno de nosotros de cómo utilizamos los recursos de la tierra y de la medida en la que cumplimos con las responsabilidades que Él nos confiere.

Si deseas más información acerca de las mayordomías y el rendir cuentas de la mayordomía, consulta los comentarios sobre Doctrina y Convenios 51:19 y 72:2–3 en este manual.

Doctrina y Convenios 104:15–16. “Pero es preciso que se haga a mi propia manera”

El Señor se propone “abastecer a [Sus] santos… [p]ero es preciso que se haga a [Su] propia manera”, y no de acuerdo con las formas del mundo (véase D. y C. 104:15–16). El Señor reveló cuál es Su manera cuando dio a Sus santos la ley de Su evangelio, que abarca la ley de consagración y los principios de mayordomía y responsabilidad individual (véase D. y C. 42:18–42). Al consagrar, o dedicar, “su tiempo, su talento o habilidades y sus bienes materiales al establecimiento y la edificación del Reino de Dios” (Guía para el Estudio de las Escrituras, “Consagrar, ley de consagración”, scriptures.lds.org), los Santos de los Últimos Días cumplen con su sagrada mayordomía de ayudar a cuidarse los unos de los otros y, en particular, de cuidar de los pobres y necesitados.

Cuando era miembro de la Primera Presidencia, el presidente Dieter F. Uchtdorf enseñó acerca de la manera en que el Señor cuida de los pobres y necesitados: “En el mundo, hay por todos lados muchas organizaciones y gente buena que tratan de satisfacer las necesidades urgentes de los pobres y necesitados. Estamos agradecidos por ello, pero la manera del Señor de cuidar a los necesitados difiere de la del mundo. El Señor dijo: ‘Es preciso que se haga a mi propia manera’ [D. y C. 104:16]. A Él no solo le interesan nuestras necesidades inmediatas, sino también nuestro progreso eterno. Por esa razón, la manera del Señor siempre ha incluido la autosuficiencia y el servicio a los semejantes, además del cuidado de los pobres” (“El proveer conforme a la manera del Señor”, Liahona, noviembre de 2011, pág. 54).

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una niña acciona una bomba de agua en África

Gracias a generosas donaciones, los miembros de la Iglesia hacen posible muchos proyectos de ayuda humanitaria, tal como esta fuente de agua potable en Kenia, África (véase D. y C. 104:13–16).

El élder Joseph B. Wirthlin explicó cómo “los pobres [son] exaltados” y “los ricos [son] humildes” (véase D. y C. 104:16) cuando los miembros de la Iglesia proveen para los demás a la manera del Señor: “La manera del Señor consiste en ayudar a las personas a ayudarse a sí mismas. Los pobres son exaltados porque trabajan a cambio de la ayuda provisional que reciben, se les enseñan principios correctos y pueden elevarse a sí mismos de la pobreza a la autosuficiencia. Los ricos son hechos humildes porque se humillan a sí mismos para dar generosamente de sus recursos a los necesitados” (“El programa inspirado de bienestar de la Iglesia”, Liahona, julio de 1999, pág. 90).

Doctrina y Convenios 104:17–18. “Porque la tierra está llena, y hay suficiente y de sobra”

Algunas personas sugieren que la población de la tierra puede finalmente llegar a superar los recursos de esta. En la revelación registrada en Doctrina y Convenios 104, el Señor recalca que hay abundancia de recursos en la tierra para todos los hijos de Dios (véase D. y C. 104:17). El problema no es que los recursos sean limitados; el problema es la falta de disposición para compartir la abundancia de la tierra con los pobres y necesitados. En Su “ley” a la Iglesia, el Señor mandó a los santos “acordar[se] de los pobres, y [consagrar de sus bienes] para su sostén” (véase D. y C. 42:30). Tal como leemos en Doctrina y Convenios 104:18, el Señor advirtió que si los santos no “reparte[n] su porción a los pobres y a los necesitados, conforme a la ley de [Su] evangelio… en el infierno alzará[n] los ojos con los malvados, estando en tormento”. Esto hace referencia a la parábola de Jesucristo del Hombre Rico y Lázaro (véase Lucas 16:19–31). Al igual que el hombre rico de la parábola, aquellos que no compartan de su abundancia con los pobres sufrirán los dolores del infierno en el mundo venidero.

El élder D. Todd Christofferson felicitó a los miembros de la Iglesia por su generosidad, al tiempo que los invitó a considerar qué más podrían hacer para ayudar a los pobres y necesitados:

“Nosotros controlamos cómo se dispone de nuestros medios y recursos, pero somos responsables ante Dios de nuestra mayordomía en las cosas terrenales. Es gratificante ver la generosidad de ustedes al contribuir a las ofrendas de ayuno y a los proyectos humanitarios. A través de los años, el sufrimiento de millones de personas se ha aliviado y muchas otras han logrado ser autosuficientes gracias a la generosidad de los santos. No obstante, al seguir la causa de Sion, cada uno de nosotros debe considerar en oración si está haciendo lo que debe, todo lo que el Señor espera que haga, con respecto a los pobres y los necesitados.

“Al vivir, como muchos lo hacemos, en sociedades que adoran las posesiones y los placeres, podemos preguntarnos si nos estamos manteniendo distanciados de la codicia y del deseo de adquirir cada vez más de los bienes de este mundo. El materialismo no es nada más que otra manifestación de la idolatría y el orgullo que caracterizan a Babilonia. Tal vez podamos aprender a estar satisfechos con lo suficiente para nuestras necesidades” (véase “A Sion venid”, Liahona, noviembre de 2008, pág. 39).

Aunque la frase “los pobres y… los necesitados” (D. y C. 104:18) puede referirse específicamente a quienes tienen necesidades económicas, también puede abarcar a los que tienen necesidad de ayuda espiritual, emocional, mental y social. En forma análoga, “la abundancia” de la tierra puede abarcar el tiempo, los talentos, las habilidades, los dones espirituales y el conocimiento de una persona, además de sus posesiones materiales.

Doctrina y Convenios 104:19–46. “… multiplicaré bendiciones sobre ellos”

En la revelación registrada en Doctrina y Convenios 104, el Señor dio instrucciones específicas acerca de las mayordomías asignadas a los miembros de la Firma Unida que vivían en Kirtland, Ohio. La revelación no menciona la asignación de propiedades a miembros de la Firma que vivían en Misuri, probablemente porque los santos habían sido expulsados recientemente del condado de Jackson. El Señor mandó que las propiedades de la Firma en Kirtland se dividieran y asignaran a miembros concretos, quienes se harían responsables de administrarlas, “para que todo hombre me rinda cuentas de la mayordomía que le sea designada” (véase D. y C. 104:11–13). El Señor, entonces, hizo la misma promesa a cada miembro de la Firma que se menciona en la revelación: Si eran fieles en cumplir con sus mayordomías, el Señor “multiplicar[ía] bendiciones sobre [ellos]” (véase D. y C. 104:23, 25, 31, 33, 35, 38, 42, 46). De manera similar, si nosotros somos fieles en el cumplimiento de las mayordomías que el Señor nos da, Él “multiplicar[á]” nuestras bendiciones.

Doctrina y Convenios 104:47–53. “No estaréis ligados por más tiempo… como orden unida”

Aunque los miembros de la Firma Unida en Ohio habían decidido el 10 de abril de 1834 la disolución de esta, la revelación registrada en Doctrina y Convenios 104 les mandaba reorganizar la Firma y separar las ramas de Ohio y Kirtland para que pudiesen funcionar de forma independiente (véase D. y C. 104:47–50). El Señor explicó: “Y he mandado que se haga esto para vuestra salvación” (D. y C. 104:51), refiriéndose probablemente a la salvación financiera de los miembros de la Firma. Sin embargo, en lugar de ser reorganizada, “la Firma Unida dejó de existir efectivamente poco después de recibirse esta revelación”, quizás debido a que “los líderes habían decidido transferir mucha de la responsabilidad de los asuntos temporales de la Iglesia a otros cuerpos administrativos, tales como el sumo consejo de Kirtland” (en The Joseph Smith Papers, Documents, tomo IV, abril de 1834–septiembre de 1835, págs. 21–22).

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fábrica de potasa en Kirtland, Ohio, centro de visitantes

Se asignó al obispo Newel K. Whitney una mayordomía sobre varias propiedades y operaciones comerciales, tales como esta fábrica de potasa en Kirtland, Ohio (véase D. y C. 104:39–42).

Doctrina y Convenios 104:54–66. “… imprimir mis palabras”

El Señor recordó a los miembros de la Firma Unida que las propiedades individuales que les habían sido asignadas le pertenecían a Él, y que ellos eran Sus mayordomos. Él esperaba que cada uno de ellos administrara su mayordomía sabiamente a fin de que pudieran generarse fondos para imprimir las Escrituras y otras revelaciones que Él daría (véase D. y C. 104:58, 63). Aunque la frase “la plenitud de mis Escrituras” (D. y C. 104:58) se refiere específicamente a la traducción inspirada que hizo José Smith de la Biblia, la copia más antigua de la revelación registrada en la sección 104 sugiere que esa frase también pretendía incluir el Libro de Mormón y las revelaciones contenidas en Doctrina y Convenios (véase The Joseph Smith Papers, Documents, tomo IV, abril de 1834–septiembre de 1835, pág. 29).

El élder D. Todd Christofferson enseñó: “… el propósito central de todas las Escrituras es llenar nuestras almas de fe en Dios el Padre y en Su Hijo Jesucristo” (“La bendición de las Escrituras”, Liahona, mayo de 2010, pág. 34). Por lo tanto, la publicación de las Escrituras y el hacerlas accesibles para que se leyeran y estudiaran llevaría a los hijos de Dios al conocimiento del Evangelio restaurado, “edificar[ía] [Su] iglesia y [Su] reino sobre la tierra, y preparar[ía] a [Su] pueblo” para Su segunda venida (véase D. y C. 104:59).

Para financiar la obra de impresión de las Escrituras y la edificación de Sion, el Señor mandó que se establecieran dos tesorerías o cuentas. La primera, conocida como “la tesorería sagrada del Señor”, habría de financiar las operaciones de impresión de la Iglesia (véase D. y C. 104:63–66). El “producto” o las ganancias por la venta de las publicaciones de la Iglesia debería conservarse en esa tesorería (véase D. y C. 104:65). La segunda tesorería debía contener las ganancias obtenidas de las mayordomías individuales. Los miembros de la Firma podrían hacer uso de los fondos de esa tesorería cuando fuese necesario en el desempeño de sus mayordomías (véase D. y C. 104:72–73).

Doctrina y Convenios 104:78–86

Los santos reciben consejo en cuanto a las deudas

Doctrina y Convenios 104:78–86. “… en cuanto a vuestras deudas”

Menos de una semana antes de que el profeta José Smith recibiera la revelación registrada en Doctrina y Convenios 104, el obispo Newel K. Whitney, miembro de la Firma Unida, preparó un documento detallando las cuantiosas deudas que había contraído la Firma Unida (véase The Joseph Smith Papers, Documents, tomo IV, abril de 1834–septiembre de 1835, págs. 10–12). Los miembros de la Firma habían tomado prestado dinero a través de la tienda del obispo Whitney para financiar las operaciones mercantiles y editoriales de la Iglesia en Ohio y Misuri. El Señor no mandó que se reorganizara la Firma Unida porque deseara que esta evitara el pago de sus deudas; de hecho, Él mandó a los miembros de la Firma diciendo: “… es mi voluntad que las paguéis todas” (D. y C. 104:78). Dada la enorme carga financiera de la Iglesia en la primavera de 1834, esta fue una tarea complicada. No obstante, el Señor prometió que, si eran “diligentes y humildes, y ejercit[aban] la oración de fe”, Él “ablandar[ía] el corazón” de sus acreedores, hasta que enviara los “medios” para pagar sus deudas (véase D. y C. 104:80).

En la revelación registrada en Doctrina y Convenios 104, el Señor se refirió a las deudas de la Firma como una “servidumbre”. Al pagar sus deudas, los miembros de la Firma serían “librados” de su “servidumbre” financiera (véase D. y C. 104:80, 83–84). Del mismo modo, los profetas de los últimos días han amonestado a los miembros de la Iglesia a que paguen lo que deben y eviten la deuda excesiva e innecesaria. El élder Joseph B. Wirthlin enseñó:

Cumplan con sus obligaciones económicas. De vez en cuando, nos enteramos de casos de avaricia y egoísmo que nos causan mucho pesar. Nos enteramos de fraudes, de gente que no paga los préstamos recibidos, de engaños financieros y de bancarrotas… 

“Somos personas íntegras. Creemos en cumplir con nuestras deudas y en ser honrados en nuestros tratos con el prójimo” (“Deudas terrenales y deudas celestiales”, Liahona, mayo de 2004, pág. 42).

El presidente Gordon B. Hinckley declaró:

“Muchos de nuestros miembros viven al borde de sus ingresos; de hecho, algunos viven con dinero prestado 

“… los insto a evaluar su situación económica. Los exhorto a gastar en forma moderada, a disciplinarse en las compras que hagan para evitar las deudas hasta donde sea posible. Liquiden sus deudas lo antes posible y líbrense de la servidumbre.

“Esto es parte del Evangelio temporal en el que creemos” (“A los jóvenes y a los hombres”, Liahona, enero de 1999, págs. 65–66).