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Capítulo 16: Doctrina y Convenios 42


Capítulo 16

Doctrina y Convenios 42

Introducción y cronología

El Señor mandó a los santos que vivían en Nueva York que se mudaran a Ohio y les prometió que recibirían Su ley allí (véanse D. y C. 37:3; 38:32). El 9 de febrero de 1831, poco después de que José Smith llegase a Kirtland, Ohio, doce élderes de la Iglesia se reunieron y oraron juntos, como el Señor les había mandado hacer (véase D. y C. 41:2–3). Al procurar aquellos líderes de la Iglesia la dirección del Señor concerniente al crecimiento de esta, el profeta José Smith recibió la revelación que se registró en Doctrina y Convenios 42:1–72. Dos semanas después, el 23 de febrero de 1831, el Profeta buscó más instrucción del Señor; la dirección adicional que recibió se encuentra en Doctrina y Convenios 42:74–93. Los detalles adicionales que se registraron en el versículo 73 fueron añadidos después por el Profeta al momento de la publicación de Doctrina y Convenios. En conjunto, esas revelaciones se conocen como “la ley de la Iglesia” (véase el encabezamiento de sección de D. y C. 42). En esas revelaciones, el Señor dio leyes espirituales y temporales que mandaban a los miembros de la Iglesia ayudar a los pobres, solventar diversos emprendimientos de la Iglesia y ayudar a los demás santos que vendrían a Ohio. Esas leyes también brindaban dirección a la joven Iglesia y ayudaban a prepararlos para llegar a ser el pueblo de Sion.

2 de enero de 1831Se promete a los santos de Nueva York que recibirán la ley de Dios cuando se congreguen en Ohio (véase D. y C. 38).

Principios de febrero de 1831José y Emma Smith llegan a Kirtland, Ohio.

4 de febrero de 1831Edward Partridge es llamado para ser el primer obispo de la Iglesia restaurada (véase D. y C. 41).

9 y 23 de febrero de 1831Se recibe Doctrina y Convenios 42.

Doctrina y Convenios 42: Antecedentes históricos adicionales

Cuando el profeta José Smith llegó a Kirtland, Ohio, a comienzos de febrero de 1831, descubrió que, en ausencia de la guía profética, los santos que estaban ahí no entendían completamente la doctrina de la Iglesia y sus normas. Tenían muchas preguntas e ideas equivocadas respecto a las manifestaciones espirituales, a la manera de vivir juntos como una comunidad de santos, el liderazgo de la Iglesia y cómo debía tener lugar el recogimiento de los miembros.

Antes de conocer el Evangelio restaurado, algunos de los miembros de la Iglesia que recién se habían bautizado en Kirtland habían pertenecido a un grupo comunitario conocido como “la familia”. Ese grupo basaba sus prácticas en las descripciones del Nuevo Testamento de los primeros santos cristianos que tenían “en común todas las cosas” (véanse Hechos 2:44–45; 4:32). Después de convertirse en miembros de la Iglesia restaurada, muchos de esos nuevos conversos continuaron practicando su sistema de vida comunitaria. Uno de esos grupos estaba viviendo en la granja de Isaac Morley, a las afueras del pueblo de Kirtland. “Cuando John Whitmer llegó allí a mediados de enero [1831], se dio cuenta de que lo que hacían creaba muchos problemas. Por ejemplo, Heman Bassett tomó un reloj de bolsillo, que pertenecía a Levi Hancock, y lo vendió; al preguntarle por qué lo había hecho, dijo: ‘Bueno, pensé que era propiedad de la familia’; Hancock respondió que no le agradaban esos ‘hechos familiares’ y que no los toleraría más [Levi W. Hancock, ‘Levi Hancock Journal,’ Biblioteca de Historia de la Iglesia, Salt Lake City, pág. 81]” (véase La historia de la Iglesia en la dispensación del cumplimiento de los tiempos, Manual del alumno, 2da. ed. [Manual del Sistema Educativo de la Iglesia, 2003], pág. 105).

Cuando el profeta José Smith llegó a Kirtland, se enteró de ese problemático sistema económico. Sabía que muchos miembros de la Iglesia en Nueva York estaban sacrificando mucho para dejar sus hogares y unirse a los santos en Ohio. También sabía que la Iglesia necesitaría dinero, bienes y propiedades a fin de ayudar a los pobres y a los inmigrantes que se congregaban en Ohio. José comenzó a planificar aquella inmigración de santos provenientes del este, así como el establecimiento de Sion en Misuri, en “las fronteras cerca de los lamanitas” (D. y C. 28:9).

En obediencia a los mandatos del Señor registrados en Doctrina y Convenios 41:2–3, el profeta José Smith y doce élderes se reunieron el 9 de febrero de 1831 y oraron juntos suplicando al Señor que manifestara Su ley. Esos hermanos preguntaron al Señor respecto a cinco asuntos en particular: (1) si las distintas comunidades de santos debían congregarse en un lugar o permanecer separadas por el momento; (2) cuál era la ley del Señor para gobernar y regular la Iglesia; (3) cómo debían cuidar de las familias de aquellos llamados a servir como misioneros; (4) cómo debían conducirse con los no miembros los santos que vivían bajo los principios de la consagración; y (5) qué preparativos se debían hacer a fin de cuidar de los santos que llegaban del este (véase The Joseph Smith Papers, Documents, tomo I, julio de 1828–junio de 1831, ed. por Michael Hubbard MacKay y otros, 2013, págs. 246–247, nota 42). Como respuesta, el Profeta recibió la revelación registrada en Doctrina y Convenios 42:1–72, que es un conjunto de respuestas por revelación que el Señor dio a esos hermanos para contestar las primeras tres preguntas. Las respuestas reveladas a las preguntas restantes no fueron publicadas como parte de Doctrina y Convenios.

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exterior de la casa de Newel K. Whitney

La casa de Newel K. Whitney, Kirtland, Ohio

Dos semanas después, el 23 de febrero de 1831, José Smith y siete élderes se dirigieron al Señor con más preguntas respecto a la implementación de la ley de la Iglesia. El Señor dio a esos hombres dirección adicional. Esa dirección se añadió a la revelación del 9 de febrero y ahora se encuentra registrada en Doctrina y Convenios 42:74–93. Los detalles adicionales registrados en Doctrina y Convenios 42:73 los añadió más tarde el Profeta, cuando Doctrina y Convenios se preparó para su publicación. Es importante notar que el profeta José Smith ocasionalmente hacía cambios o añadiduras a las revelaciones que se habían registrado previamente a fin de aclarar o reflejar conocimiento adicional que el Señor había revelado. Esas revisiones inspiradas muestran la naturaleza continua de la revelación y son un ejemplo del derecho y la autoridad del Señor y Su profeta de enmendar o aclarar las revelaciones previas.

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Mapa 7: Kirtland, Ohio, EE. UU., 1830–1838

Doctrina y Convenios 42:1–29

El Señor llama a los élderes a predicar el Evangelio, los instruye respecto a enseñarlo, y revela leyes y mandamientos para los santos

Doctrina y Convenios 42:1–3. “… estad atentos, y escuchad y obedeced la ley”

El profeta José Smith se refirió a las revelaciones registradas en Doctrina y Convenios 42 como “la ley de la Iglesia” (encabezamiento de sección de D. y C. 42). Esas revelaciones dieron cumplimiento a la anterior promesa del Señor de dar a Sus santos Su ley si José Smith y los santos que vivían en Nueva York obedecían el mandamiento de mudarse a Ohio. Incluida en esa ley se encontraban las enseñanzas del Señor respecto a una variedad de asuntos en respuesta a las peticiones del Profeta y de doce élderes que se reunieron para recibir la ley. El Señor declaró que las verdades que Él reveló serían “[Su] ley… para gobernar [Su] iglesia” (véase D. y C. 42:59), y mandó a los santos que “es[tén] atentos, y escu[chen] y obe[dezcan] [esa] ley” (véase D. y C. 42:2).

El presidente George Q. Cannon (1827–1901), de la Primera Presidencia, enseñó lo siguiente respecto a Doctrina y Convenios 42: “En general, esa fue una revelación importante en extremo. Arrojó mucha luz sobre una diversidad de temas y definió muchas cuestiones importantes. Los hombres y las mujeres fieles se deleitaron grandemente al ser miembros de una Iglesia que el Señor reconocía como Suya, y a la que había comunicado Su palabra mediante Su profeta inspirado, como lo hizo en esa ocasión” (Life of Joseph Smith the Prophet, 1958, pág. 109).

Doctrina y Convenios 42:4–9. El Señor da instrucciones respecto al recogimiento de los santos

Después que se mandó a los miembros de la Iglesia de Nueva York que se mudaran a Ohio, los líderes de la Iglesia se preguntaron si los de otras crecientes congregaciones del noreste de Ohio también debían mudarse a Kirtland. El Señor indicó que llegaría el tiempo en el que los santos serían “congregados en uno” en “la ciudad de la Nueva Jerusalén”, pero que ese tiempo todavía no había llegado (D. y C. 42:9). No obstante, cuando llegara ese momento, al congregarse en la Nueva Jerusalén, los santos cumplirían la promesa hecha al antiguo Israel de que serían el “pueblo [de Dios]” y Él sería “[Su] Dios” (véase D. y C. 42:9; véanse también Éxodo 6:7; 19:5–6; Apocalipsis 21:2–3).

Para facilitar el recogimiento, los élderes debían ir desde Kirtland, “de dos en dos, predicando [el] evangelio” (véase D. y C. 42:6), y edificando la Iglesia donde los creyentes se encontraran (véase D. y C. 42:8). Aquellos que predicaran el Evangelio debían ir “por el poder [del] Espíritu” y “predicando… en… [el] nombre [de Jesucristo]… declarando mi palabra cual ángeles de Dios” (véase D. y C. 42:6). Tanto los misioneros como los ángeles llevan a cabo una obra similar. El profeta Mormón explicó que el ministerio de ángeles es “llamar a los hombres al arrepentimiento… declarando la palabra de Cristo”, y así preparan a los hijos de Dios para que “tengan fe en Cristo” (Moroni 7:31–32).

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Río Chagrin cerca de Kirtland, Ohio

Algunos de los primeros conversos a la Iglesia de Ohio fueron bautizados en el río Chagrin, cerca de Kirtland, Ohio.

Doctrina y Convenios 42:11. “… y sepa la iglesia que tiene autoridad”

Después de que Oliver Cowdery, Parley P. Pratt y los demás misioneros dejaron Ohio, los nuevos conversos en el área de Kirtland se quedaron sin líderes fuertes en la Iglesia. Algunos de esos miembros nuevos observaban tradiciones derivadas de otras religiones o culturas, y participaban en prácticas religiosas extremas e insensatas. El presidente George A. Smith, de la Primera Presidencia, más tarde relató que durante ese tiempo, algunos miembros de la Iglesia declararon que “veían ángeles y que descendían mensajes del cielo… y que les sobrevenían… deformaciones anormales” (“Historical Discourse, Deseret News, 21 de diciembre de 1864, pág. 90).

Cuando el profeta José Smith llegó a Kirtland, observó que “algunas ideas extrañas y espíritus falsos se habían introducido entre ellos [los santos de Ohio]” (en History of the Church, tomo I, pág. 146). Como se registra en Doctrina y Convenios 42:11, el Señor prohibió a aquellos que no habían sido debidamente llamados y designados por Él asumir funciones como maestros, líderes o reveladores en la Iglesia. Aclaró que quien está autorizado para predicar Su evangelio y edificar Su Iglesia es aquel que “sepa la iglesia que tiene autoridad” y haya sido “ordenado por las autoridades de la iglesia” (D. y C. 42:11). El presidente Boyd K. Packer (1924–2015), del Cuórum de los Doce Apóstoles, explicó:

“Existe un propósito en el hecho de que los miembros de la Iglesia en todas partes del mundo puedan reconocer a las Autoridades Generales y locales. De esa forma pueden saber de quiénes aprenden…

“Se han presentado demasiados nombres, se han efectuado demasiados sostenimientos, demasiadas ordenaciones y apartamientos delante de demasiados testigos, se han llevado demasiados registros, se han expedido demasiados certificados, y se han publicado demasiadas fotografías en demasiados lugares como para que pueda engañarse a alguien en cuanto a quién posee la debida autoridad” (véase “A estos evita”, Liahona, julio de 1985, pág. 33).

“Siempre sabemos quién es llamado a dirigir o a enseñar, y tenemos la oportunidad de sostener u oponernos a esa medida. Eso no surgió como un invento del hombre, sino que se estableció en las revelaciones [D. y C. 42:11]… De ese modo, se protege a la Iglesia de cualquier impostor que quisiese tomar control de un cuórum, de un barrio, de una estaca o de la Iglesia” (véase “Los débiles y sencillos de la Iglesia”, Liahona, noviembre de 2007, pág. 6).

Doctrina y Convenios 42:12–15. “… enseñarán los principios de mi evangelio, que se encuentran en la Biblia y en el Libro de Mormón”

El Señor declaró que aquellos que son llamados a enseñar Su evangelio deben “ense[ñar] los principios de [Su] evangelio”, cual se encuentran en las Escrituras (véase D. y C. 42:12). En el tiempo en el que se dio esa revelación, la Biblia y el Libro de Mormón, junto con un número creciente de revelaciones de los últimos días, eran las únicas Escrituras disponibles para los miembros de la Iglesia. Con el tiempo, se darían más de las Escrituras de Dios, incluyendo Doctrina y Convenios, la Perla de Gran Precio, y la traducción inspirada de José Smith de la Biblia (véase D. y C. 42:15, 56–58). En la actualidad, nos referimos a las Escrituras de las que debemos enseñar como los libros canónicos.

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réplica de las copias del Libro de Mormón de 1830 en la librería Grandin

El Señor espera que enseñemos “la plenitud del evangelio” de la Biblia y el Libro de Mormón (D. y C. 42:12).

El presidente Gordon B. Hinckley (1910–2008) explicó la razón por la que las Escrituras son llamadas libros canónicos: “‘Los Libros Canónicos’… son la fuente de nuestra doctrina de la cual fluyen las aguas de la luz del Evangelio. Proporcionan la norma mediante la cual se mide toda doctrina del Evangelio. Todos los otros libros, manuales y cursos de estudio deben basarse en la palabra del Señor tal como se presenta en estos libros” (“Cornerstones of Responsibility” [discurso pronunciado en un seminario para representantes regionales, 5 de abril de 1991], pág. 1).

Doctrina y Convenios 42:14. “… se os dará el Espíritu por la oración de fe”

La enseñanza inspiradora y eficaz ayuda a los hijos de Dios a ser fortalecidos y convertirse al evangelio de Jesucristo. El Señor prometió que Su espíritu sería dado “por la oración de fe” a aquellos que son llamados a enseñar, e hizo hincapié en que aquellos que no tengan el Espíritu “no enseña[rán]” (véase D. y C. 42:14). En otras palabras, el verdadero aprendizaje del Evangelio no tendrá lugar a menos que el Espíritu esté presente, incluso si el maestro usa técnicas de enseñanza eficaces. El élder L. Tom Perry (1922–2015), del Cuórum de los Doce Apóstoles, declaró: “Tenemos el privilegio de tener al Espíritu Santo, un miembro de la Trinidad, como compañero constante, para edificarnos e inspirarnos en nuestra preparación como maestros. Debemos prepararnos por medio de la obediencia a los mandamientos de Dios para que nuestra confianza se fortalezca cuando nos dirijamos al Señor, para que Su espíritu nos magnifique a medida que enseñemos. Cuando tenemos el Espíritu como guía, podemos enseñar con gran poder” (véase “Enséñenles la palabra de Dios con toda diligencia”, Liahona, julio de 1999, pág. 8).

El élder Dallin H. Oaks, del Cuórum de los Doce Apóstoles, enseñó:

“Si tenemos el Espíritu del Señor como nuestro guía, podemos enseñar a cualquier persona, por muy culta que sea, en cualquier parte del mundo. El Señor sabe mucho más que cualquiera de nosotros y, si somos Sus siervos, al actuar bajo la influencia de Su espíritu, Él puede hacer llegar Su mensaje de salvación a toda alma.

“El presidente Joseph Fielding Smith enseñó: ‘El Espíritu de Dios hablándole al espíritu del hombre tiene el poder de impartir la verdad con mayor efecto y entendimiento que el que se puede aplicar cuando la verdad es impartida por medio del contacto personal aun con seres celestiales. Por medio del Espíritu Santo la verdad es entretejida en la misma fibra y nervios del cuerpo de manera que no puede ser olvidada’ (véase Doctrina de Salvación, comp. por Bruce R. McConkie, 3 tomos, 1978, tomo I pág. 45)” (véase “La enseñanza y el aprendizaje por medio del Espíritu”, Liahona, mayo de 1999, págs. 15–16).

Doctrina y Convenios 42:18–29. “… mis leyes… están en mis Escrituras”

En Doctrina y Convenios 42:18–29, el Señor repasó muchos de los mandamientos o leyes que dio al antiguo Israel, cual se encontraban en la Biblia y en el Libro de Mormón. Recordó a los santos que aquellos que lo aman deben servirle y guardar Sus mandamientos (véase D. y C. 42:29).

Doctrina y Convenios 42:18. “… no tendrá perdón ni en este mundo ni en el venidero”

Una ley que el Señor reafirmó en nuestros días es el mandamiento “No matarás” (D. y C. 42:18). Aquel que derrama sangre inocente, es decir, quien comete asesinato, “no tendrá perdón ni en este mundo ni en el venidero” (D. y C. 42:18). Además, debe ser “entregado para ser juzgado, de acuerdo con las leyes del país” (D. y C 42:79).

El presidente Joseph Fielding Smith (1876–1972) explicó la advertencia del Señor de que aquellos que matan no serán perdonados: “Juan dice que hay dos tipos de pecados [véase 1 Juan 5:16–17]. Un tipo es el que puede ser perdonado; el otro tipo es un pecado de muerte, para el que no hay perdón. El asesinato es del segundo tipo. Ocurre cuando uno, de manera deliberada, derrama sangre inocente… La misericordia del Todopoderoso, mediante la expiación de Jesucristo, cubre y llega a toda alma que abandone sus pecados, excepto a aquellos que han pecado deliberadamente ‘de muerte’, como dice Juan” (The Restoration of All Things, 1945, págs. 204–205).

El Manual 2: Administración de la Iglesia da el siguiente consejo respecto a dos asuntos relacionados con ese mandamiento, del que algunos pueden tener preguntas:

“De acuerdo con lo que se ha revelado, una persona puede arrepentirse y ser perdonada del pecado del aborto” (2010, 21.4.1).

“Es malo quitar la vida, incluso la propia. Sin embargo, una persona que comete suicidio quizás no sea responsable de sus propios actos. Solo Dios puede juzgar en este asunto” (21.4.14).

Doctrina y Convenios 42:22. El esposo y la esposa deben “allegar[se] [uno al otro] y a ninguna otra [persona]”

El élder L. Whitney Clayton, de los Setenta, explicó: “Los matrimonios más felices que he visto irradian la obediencia a uno de los mandamientos más felices: ‘Viviréis juntos en amor’ [D. y C. 42:45]. Dirigiéndose a los esposos, el Señor mandó: ‘Amarás a tu esposa con todo tu corazón, y te allegarás a ella y a ninguna otra’ [D. y C. 42:22]. Un manual de la Iglesia enseña: ‘La palabra allegarse significa ser completamente dedicado y fiel a alguien. Las parejas casadas se allegan a Dios y entre sí al servirse y amarse mutuamente, y al guardar convenios con absoluta fidelidad el uno para con el otro y para con Dios’. Tanto el esposo como la esposa ‘dejan atrás su vida de solteros y establecen su matrimonio como [su] prioridad principal… No permiten que ninguna otra persona ni ningún interés tenga mayor prioridad… que el guardar los convenios que han hecho con Dios y entre sí’ [véase Manual 2: Administración de la Iglesia, 2010, 1.3.1]. Observen y aprendan: los matrimonios que tienen éxito se aman el uno al otro con completa devoción” (véase “El matrimonio: Observen y aprendan”, Liahona, mayo de 2013, págs. 84–85).

Doctrina y Convenios 42:23. Las consecuencias de codiciar

En Doctrina y Convenios 42:23, “para codiciarla” significa tener deseos sexuales incorrectos hacia otra persona. Las Escrituras aclaran que cuando una persona mira a otra para codiciarla, es como si él o ella hubieran “cometido adulterio… en su corazón” (Mateo 5:28; véanse también 3 Nefi 12:28; D. y C. 63:16). Los pensamientos, las palabras o los comportamientos impuros no solo resultarán en la pérdida del Espíritu, sino que, con el tiempo, llevarán a que la persona “[niegue] la fe” (véase D. y C. 42:23; 63:16). Satanás usa la lujuria [codicia sexual] para socavar la fortaleza espiritual de los hijos de Dios y llevarlos a la destrucción.

El élder L. Whitney Clayton advirtió:

“En la actualidad existe una trampa espiritual que se llama pornografía, y muchos, atraídos por sus mensajes provocativos, entran en esa trampa mortal. Como cualquier trampa, es fácil entrar, pero difícil escapar. Algunas personas se convencen de que pueden ver pornografía con toda tranquilidad sin sufrir sus efectos negativos. Al principio dicen: ‘No es tan malo’ o ‘¿A quién le importa?, no hará ninguna diferencia’ o ‘Es pura curiosidad’. Pero están equivocados. El Señor ha advertido: ‘Y el que mirare a una mujer para codiciarla negará la fe, y no tendrá el Espíritu; y si no se arrepiente, será expulsado’ (D. y C. 42:23)…

“Además de perder el Espíritu, quienes miran pornografía también pierden la perspectiva y el buen juicio… Tratan de ocultar su pecado, olvidando que al Señor no se le puede ocultar nada (véase 2 Nefi 27:27). Las verdaderas consecuencias comienzan a acumularse a medida que disminuye el autorrespeto, las relaciones afectuosas se deterioran, los matrimonios se marchitan y las víctimas inocentes empiezan a aumentar. Al descubrir que lo que ven ya no los satisface, experimentan con imágenes más extremas. Lentamente se convierten en adictos, aunque no se den cuenta de ello o lo nieguen, y… su comportamiento se deteriora al desintegrarse sus normas morales” (véase “Bienaventurados son todos los de corazón puro”, Liahona, noviembre de 2007, pág. 52).

Doctrina y Convenios 42:24–26. “No cometerás adulterio”

Las relaciones sexuales entre el esposo y la esposa son una expresión sagrada de amor y una manifestación del poder más elevado que Dios ha concedido a Sus hijos: el poder de crear vida. El uso correcto de ese poder es central para el plan de salvación del Padre Celestial y Él ha dado mandamientos estrictos para gobernar su uso. El élder David A. Bednar, del Cuórum de los Doce Apóstoles, explicó:

“El matrimonio entre un hombre y una mujer es el medio autorizado por el cual los espíritus premortales entran en la mortalidad. La abstinencia sexual absoluta antes del matrimonio y la total fidelidad dentro de él protegen la santidad de este medio sagrado.

“El poder de la procreación es de importancia espiritual. El mal uso de ese poder degrada los propósitos del plan del Padre y de nuestra existencia mortal. Nuestro Padre Celestial y Su Hijo Amado son creadores y nos han confiado a cada uno de nosotros una porción de Su poder para crear. Las normas específicas respecto al uso correcto de la capacidad para crear vida son elementos cruciales en el plan del Padre. Lo que sentimos respecto a ese poder divino y cómo lo usamos determinarán en gran medida nuestra felicidad en la mortalidad y nuestro destino en la eternidad…

“La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días tiene una única e inalterable norma de moralidad sexual: las relaciones íntimas son aceptables solo entre un hombre y una mujer en la relación matrimonial prescrita en el plan de Dios. Esas relaciones no son una mera curiosidad para explorar, un apetito que satisfacer ni un tipo de recreación o entretenimiento que debe procurarse egoístamente. No son una conquista que lograr ni simplemente un acto que realizar. Más bien, en la vida mortal son una de las máximas expresiones de nuestro potencial y naturaleza divinos, y un medio para fortalecer los lazos emocionales y espirituales entre esposo y esposa” (véase “Creemos en ser castos”, Liahona, mayo de 2013, pág. 42).

El pecado del adulterio con frecuencia inicia con pensamientos impuros o lujuriosos. El presidente Howard W. Hunter (1907–1995) dio la siguiente advertencia:

“El Señor prohíbe y Su Iglesia condena cualquiera y toda relación íntima fuera del matrimonio. La infidelidad por parte del hombre quebranta el corazón de su esposa y hace que él pierda la confianza de ella y la confianza de sus hijos (véase Jacob 2:35).

“Sean fieles a sus convenios matrimoniales en pensamiento, palabra y hecho. La pornografía, el coqueteo y las fantasías malsanas corroen nuestro carácter y asestan un feroz golpe a los cimientos de un matrimonio feliz. De ese modo se destruyen la unidad y la confianza de un matrimonio. El que no domine sus pensamientos y cometa así adulterio en su corazón, si no se arrepiente, no tendrá el Espíritu, sino que negará la fe y temerá (véase D. y C. 42:23; 63:16)” (Enseñanzas de los Presidentes de la Iglesia: Howard W. Hunter, 2015, pág. 226).

Doctrina y Convenios 42:30–55

El Señor da los principios de la ley de consagración y aconseja a los santos respecto a la muerte y a la sanación

Doctrina y Convenios 42:30–39. La ley de consagración

El 2 de enero de 1831, durante la última conferencia de la Iglesia que tuvo lugar en Nueva York, el Señor enseñó: “estime cada hombre a su hermano como a sí mismo” (D. y C. 38:24). Aquel resultó ser un principio esencial para preparar a los santos a fin de establecer una Sion de los últimos días. El 4 de febrero de 1831, después de que el profeta José Smith llegara a Kirtland, Ohio, el Señor le dijo que llamara a Edward Partridge como el primer obispo de la Iglesia “para encargarse de todas las cosas que en mis leyes se le designaren, el día en que yo las dé” (D. y C. 41:10). Cinco días después, el 9 de febrero, el Señor reveló a José los principios esenciales de la ley de consagración, detallando Su plan de cuidar a los pobres y necesitados, edificar Su Iglesia y preparar a Su pueblo para edificar Sion (véase D. y C. 42:30–39).

Consagrar significa hacer santo, apartar y dedicar para un propósito sagrado. La consagración es el acto de dedicar nuestras posesiones, tiempo y recursos a Dios y darlos de buena voluntad a Él. Mediante la consagración, los verdaderos discípulos de Jesucristo pueden cuidar de los pobres y necesitados, y ayudar a edificar el Reino de Dios aquí en la tierra. La consagración está basada en el principio de que toda persona “bus[que]… el bienestar de su prójimo, y ha[ga] todas las cosas con la mira puesta únicamente en la gloria de Dios” (D. y C. 82:19; véase también D. y C. 38:24–25). El presidente Spencer W. Kimball (1895–1985) explicó:

“La consagración consiste en dar de nuestro tiempo, talentos y medios para cuidar de los necesitados —ya fuere espiritual o temporalmente— y para edificar el Reino de Dios…

Sion es un nombre dado por el Señor a los de Su pueblo del convenio, quienes se caracterizan por la pureza de corazón y por la fidelidad al cuidar del pobre, del necesitado y del afligido (véase D. y C. 97:21)…

“Ese supremo orden de sociedad del sacerdocio tiene su fundamento en las doctrinas del amor, el servicio, el trabajo, la autosuficiencia y la mayordomía, todas la cuales están circunscritas por el convenio de la consagración” (“Welfare Services: The Gospel in Action”, Ensign, noviembre de 1977, pág. 78).

En las revelaciones conocidas como la ley de la Iglesia, registradas en Doctrina y Convenios 42, el Señor dijo a los miembros de la Iglesia que ayudaran a los pobres al consagrar sus propiedades “mediante un convenio y un título que no pueden ser violados” (D. y C. 42:30). El presidente J. Reuben Clark, Jr. (1871–1961), de la Primera Presidencia, explicó por qué el pueblo del Señor debe estar dispuesto a hacer tal sacrificio: “El principio básico de todas las revelaciones sobre la [ley de consagración] es que todo lo que tenemos pertenece al Señor; por lo tanto, el Señor puede requerirnos cualquiera o todas las posesiones que tenemos, ya que le pertenecen a Él…(D. y C. 104:14–17, 54–57)” (en Conference Report, octubre de 1942, pág. 55).

En Doctrina y Convenios se menciona con frecuencia la ley de consagración (véanse D. y C. 38; 42; 44; 48; 51; 54; 56; 58; 70; 72; 78; 82–85; 92; 96–97; 104–106; 119–120136). Muchos de los pasajes incluyen instrucciones para ayudar a los santos a implementar esa ley. Mientras que los principios de la ley de consagración se han mantenido constantes, en ocasiones, los procedimientos han cambiado para atender las diferentes circunstancias y necesidades. El presidente Gordon B. Hinckley dijo: “La ley de sacrificio y la ley de consagración no se han eliminado y siguen vigentes” (Teachings of Gordon B. Hinckley, 1997, pág. 639). En la actualidad, los santos fieles guardan la ley de consagración cuando se esfuerzan por amar a Dios y dedicar su dinero, tiempo y otros recursos a edificar el Reino de Dios, y ayudar a aliviar el sufrimiento de los pobres y necesitados. El élder Bruce R. McConkie (1915–1985), del Cuórum de los Doce Apóstoles, enseñó:

“Escrito está: ‘… el que no es capaz de obedecer la ley de un reino celestial, no puede soportar una gloria celestial’ (D. y C. 88:22). La ley de sacrificio es una ley celestial, al igual que la ley de consagración. Entonces, para obtener esa recompensa celestial que deseamos tanto, debemos ser capaces de vivir esas dos leyes…

“No siempre se nos llama a vivir toda la ley de consagración y dar todo nuestro tiempo, talentos y medios para edificar el Reino del Señor en la tierra…

“Pero lo que ese relato de las Escrituras significa es que para obtener la salvación celestial debemos ser capaces de vivir esas leyes en su totalidad, si somos llamados para hacerlo. Implícito en eso se encuentra la realidad de que debemos vivirlas al grado que se nos haya llamado a hacerlo” (“Obedience, Consecration, and Sacrifice”, Ensign, mayo de 1975, pág. 50).

Doctrina y Convenios 42:32–33. Mayordomía

El Señor describió un modelo para implementar la ley de consagración en los primeros días de la Iglesia. Se mandó a las familias consagrar su dinero y propiedades a la Iglesia al dar esos bienes al “obispo de [la] iglesia y sus consejeros” (véase D. y C. 42:31). El obispo, al servir como el representante del Señor, debía designar una porción de tierra y de bienes para cada familia basándose en las “circunstancias, carencias y necesidades” (D. y C. 51:3; véase también D. y C. 42:32–33). Esa porción se llamaba “mayordomía” (D. y C. 42:72). Entonces, a cada familia le eran confiados propiedad y recursos que los miembros poseían de manera privada y debían administrar usando su albedrío. Como mayordomos de los bienes del Señor, las familias debían rendirle cuentas a Él y eran plenamente responsables de lo que el Señor les había confiado. Cualquier excedente que fuera más allá de las necesidades de la familia se daba al obispo para que se usara a fin de “suministrar… a los que no [tienen]” (véase D. y C. 42:33).

Doctrina y Convenios 42:34–35, 55. El almacén del Señor

En el modelo descrito por el Señor, cualquier “resto” o excedente de dinero o propiedades consagrados debían conservarse en el almacén (D. y C. 42:34; véase también el versículo 55). Entonces, el obispo usaría los recursos para “[suministrar] a los pobres y a los necesitados” (véase D. y C. 42:34) y para lograr otros objetivos, tales como comprar propiedades para la Iglesia, edificar casas de adoración y “edificar la Nueva Jerusalén” (D. y C. 42:35). En la actualidad, el almacén se define como un “lugar donde el obispo recibe y mantiene en depósito las ofrendas consagradas de los Santos de los Últimos Días y de donde las reparte a los pobres. Este almacén puede ser grande o pequeño, según lo que dicten las circunstancias. Los santos fieles contribuyen con sus talentos, habilidades, materiales y medios económicos, que ponen a disposición del obispo para atender a los pobres en los momentos de necesidad. Por lo tanto, entre lo que contenga un almacén puede haber una lista de servicios disponibles, dinero, alimentos y otros artículos. El obispo es el agente del almacén y reparte los bienes y los servicios de acuerdo con las necesidades y según las indicaciones del Espíritu del Señor (D. y C. 42:29–36; 82:14–19)” (Guía para el Estudio de las Escrituras, “Almacén”, scriptures.lds.org).

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interior de la tienda de Newel K. Whitney

El Señor mandó que se estableciera un almacén para ayudar a los pobres y necesitados (véase D. y C. 42:33–34).

Doctrina y Convenios 42:40–41. “… no serás altivo de corazón”

Moroni, el profeta del Libro de Mormón, habló de los desafíos espirituales que los hijos de Dios enfrentarían en los últimos días. Entre esos desafíos se encontraría el orgullo o la altivez, que se manifestaría al “vestir ropas suntuosas” mientras se desatendería a los “pobres y los necesitados, los enfermos y los afligidos” (Mormón 8:36–37). En los primeros días de la Iglesia restaurada, el Señor mandó: “… no serás altivo de corazón” y dijo a los santos que sus “vestidos [fueran] sencillos” (véase D. y C. 42:40). Esa instrucción puede significar que, como miembros de la Iglesia, debemos evitar el exceso o la extravagancia al vestir.

El élder Jeffrey R. Holland, del Cuórum de los Doce Apóstoles, enseñó lo siguiente acerca de nuestras decisiones respecto al vestir y la apariencia: “A fin de que reclamen todas las bendiciones y la protección de nuestro Padre Celestial, les pedimos que se conserven fieles a las normas del Evangelio de Jesucristo y que no sigan ciegamente los caprichos de las costumbres y de la moda. La Iglesia nunca les negará su albedrío moral en lo relacionado con lo que deban vestir y el aspecto que deban tener. Pero la Iglesia siempre anunciará normas y siempre enseñará principios” (“A las mujeres jóvenes”, Liahona, noviembre de 2005, págs. 28–29).

Doctrina y Convenios 42:42. “No serás ocioso”

Dios ha mandado a Sus hijos que trabajen y laboren (véanse D. y C. 52:39; 56:17; Moisés 4:25). Aquellos que son perezosos u holgazanes son culpables de ociosidad, la cual es condenada por el Señor. El presidente Gordon B. Hinckley testificó de la importancia del principio del trabajo:

“No hay substituto alguno del trabajo productivo, que es el proceso por el cual los sueños se convierten en realidad y los sueños en el aire se convierten en logros dinámicos.

“La mayoría de nosotros somos perezosos por naturaleza; preferimos divertirnos a trabajar; preferimos descansar a trabajar. Un poco de diversión y un poco de descanso son buenos; pero lo que marca la diferencia en la vida de un hombre o de una mujer es el trabajo. Lo que nos eleva por encima de la mediocridad es la expansión de la mente y el uso de nuestras habilidades manuales. El trabajo es lo que nos provee el alimento que nos nutre, la ropa que usamos, la casa en la que vivimos. No podemos negar la importancia del trabajo de manos diestras y de mentes instruidas si hemos de progresar y prosperar individualmente y si nuestra nación desea erguirse ante el mundo.

“Cuando Adán y Eva fueron expulsados del Jardín de Edén, Jehová les dijo: ‘Con el sudor de tu rostro comerás el pan hasta que vuelvas a la tierra’ (Génesis 3:19)” (véase “Yo creo”, Liahona, marzo de 1993, pág. 5).

Doctrina y Convenios 42:44, 48. “… el que… no estuviere señalado para morir, sanará”

La duración de la vida mortal de una persona está bajo el control de Dios. Doctrina y Convenios 42:44, 48 indica que alguien que necesite ser sanado, tenga suficiente fe “y no estuviere señalado para morir, sanará” (versículo 48). El élder Lance B. Wickman, de los Setenta, explicó: “Muy seguido pasamos por alto la frase condicional: ‘y no estuviere señalado para morir’ (‘o’ podríamos añadir, ‘para estar enfermo o incapacitado’). Por favor, no se desesperen cuando se hayan ofrecido oraciones fervientes, se hayan dado bendiciones del sacerdocio y aun así sus seres queridos no mejoren o incluso dejen este mundo. Consuélense al saber que ustedes hicieron todo lo que pudieron. ¡Esa fe, ayuno y bendición no pueden ser en vano! ¡El que un hijo no se recupere a pesar de todo lo que se haya hecho a su favor puede y debe ser un fundamento de paz y tranquilidad para todos los que lo aman! El Señor —que inspira las bendiciones y que oye toda oración ferviente— lo ha llamado, de todas formas, a Su lado. Todas las experiencias con la oración, el ayuno y la fe tal vez hayan sido más para nuestro beneficio que para el de él” (“Y si no”, Liahona, noviembre de 2002, pág. 31).

Doctrina y Convenios 42:45–48. “… los que mueran en mí no gustarán la muerte”

Para todos aquellos que son fieles y perseveran hasta el fin, la muerte “les será dulce” mientras que a los rebeldes y aquellos que no se arrepientan encontrarán que “su muerte es amarga” (D. y C. 42:46–47). Esto no significa que los justos no sufrirán el dolor físico, sino que estarán libres del tormento espiritual que sufren los malvados cuando mueren. El élder Robert D. Hales, del Cuórum de los Doce Apóstoles, ilustró ese principio:

“Hace unos meses tuve la oportunidad de ir a visitar a un hombre a quien le habían diagnosticado una enfermedad en fase terminal. Como devoto poseedor del sacerdocio, se enfrentaba con la realidad de nuestra condición mortal. Sin embargo, encontró fortaleza en el ejemplo de la oración del Salvador, cuando dijo: ‘Vosotros, pues, oraréis así: … Hágase tu voluntad, como en el cielo, así también en la tierra’ (Mateo 6:9–10)…

“Mi amigo pudo aceptar la frase ‘Hágase tu voluntad’ al afrontar sus propias penosas pruebas y tribulaciones…

“Hablamos de la forma en que había vivido esforzándose por ser fiel, por hacer lo que Dios le pidiera, por ser honrado en sus tratos con sus semejantes y todos los demás, y por cuidar y amar a su familia. ¿No es eso lo que quiere decir perseverar hasta el fin? Hablamos de lo que pasa inmediatamente después de la muerte, de lo que Dios nos ha enseñado sobre el mundo de los espíritus, que es un paraíso, un lugar de felicidad para los que han tenido una vida de rectitud. No es algo que debamos temer.

“Después de la conversación, reunió a su esposa y a su familia extendida —hijos y nietos— para enseñarles nuevamente la doctrina de la Expiación de que todos resucitaremos. Todos comprendieron que, tal como el Señor lo ha dicho, aunque haya pesar por la separación temporaria, no hay dolor para los que mueren en el Señor (véanse Apocalipsis 14:13; D. y C. 42:46)… A la tarde siguiente falleció en paz, con toda su familia a su lado. Ese es el solaz y el consuelo que recibimos cuando comprendemos el plan del Evangelio y sabemos que la familia es eterna” (véase “La familia eterna”, Liahona, enero de 1997, pág. 74).

Al igual que la muerte, la aflicción por aquellos que mueren es parte de la vida terrenal. Aunque podemos experimentar fuertes sentimientos de amor por nuestras familias y amigos, también podemos sentir tristeza profunda y dolor en el corazón cuando alguien que amamos muere. El presidente Russell M. Nelson, del Cuórum de los Doce Apóstoles, explicó que es natural y adecuado lamentar la pérdida de nuestros seres amados:

“Sea cual sea la edad, lloramos por los seres amados que se van. Ese llanto es una de las más profundas expresiones de amor puro; es una reacción natural de completo acuerdo con el mandamiento divino: ‘Viviréis juntos en amor, al grado de que lloraréis por los que mueran’ (D. y C. 42:45).

“Más aún, no podríamos apreciar plenamente el gozo de reunirnos después sin estas tristes separaciones de ahora. La única manera de quitar el pesar de la muerte es quitar el amor de la vida” (véase “Las puertas de la muerte”, Liahona, julio de 1992, pág. 80).

Doctrina y Convenios 42:56–93

El Señor da a los santos leyes adicionales y les enseña cómo implementar Su ley

Doctrina y Convenios 42:56–58. “Pedirás, y se darán mis Escrituras”

Tras establecerse en el área de Kirtland, el profeta José Smith y Sidney Rigdon continuaron trabajando en la revisión inspirada o “traducción” de la Biblia. Como se indica en Doctrina y Convenios 42:56, el Profeta no siguió el proceso habitual de traducción en el que las palabras de un idioma se trasladan a las palabras de otro. En vez de eso, José buscó la guía del Señor mediante la oración, y el Señor lo dirigió debidamente.

El Señor también dijo que cuando los santos hubieran “recibido [Sus Escrituras] en su plenitud” debían “ense[ñarlas] a todos los hombres” (véase D. y C. 42:57–58; véase también D. y C. 42:15). En una carta del profeta José Smith, Sidney Rigdon y Frederick G. Williams dirigida a los líderes de la Iglesia de Misuri el 2 de julio de 1833, escribieron: “Este día concluimos la traducción de las Escrituras, por lo que dimos gracias a nuestro Padre Celestial” (en History of the Church, tomo I, pág. 368). Desde 1979, la edición Santo de los Últimos Días de la traducción de la Biblia del Rey Santiago [en inglés] ha incluido cientos de pasajes de la Traducción de José Smith de la Biblia en sus ayudas para el estudio. Desde ese tiempo, también se han puesto a disposición de los miembros de la Iglesia selecciones de la Traducción de José Smith de la Biblia en muchos idiomas en las ayudas para el estudio de las Escrituras, lo que contribuye a cumplir el mandato del Señor de enseñarlas a “todas las naciones, tribus, lenguas y pueblos” (D. y C. 42:58).

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paisaje de las llanuras de Kirtland

Fotografía actual del casco histórico de Kirtland, Ohio, zona que llegó a ser la sede de la Iglesia en 1831–1838.

Doctrina y Convenios 42:60–62, 65. “… recibirás revelación tras revelación”

El Señor prometió que aquellos que obedecen Su ley pueden recibir una cantidad creciente de revelación y conocimiento divinos; incluso hasta “que conoz[can] los misterios” (véase D. y C. 42:61). El élder David A. Bednar enseñó:

“El espíritu de revelación está al alcance de toda persona que, mediante la debida autoridad del sacerdocio, reciba las ordenanzas salvadoras del bautismo por inmersión para la remisión de pecados y la imposición de manos para recibir el don del Espíritu Santo, y que actúe con fe para cumplir el mandato del sacerdocio que dice: ‘Recibe el Espíritu Santo’. Esta bendición no se limita a las autoridades que presiden la Iglesia, sino que le pertenece y debe estar en vigor en la vida de todo hombre, toda mujer y todo niño que alcanza la edad de responsabilidad y que entra en convenios sagrados. El deseo sincero y la dignidad invitan al espíritu de revelación a nuestra vida…

“La mayoría de las veces, la revelación viene en pequeños incrementos a lo largo de cierto tiempo, y se concede de acuerdo con nuestro deseo, dignidad y preparación. De manera gradual y delicada, esas comunicaciones del Padre Celestial ‘desti[lan] sobre [nuestra] alma como rocío del cielo’ (D. y C. 121:45)…

“Tanto la historia de la Iglesia como nuestra vida están colmadas de ejemplos del modelo del Señor para recibir revelación ‘línea por línea, precepto por precepto’ [2 Nefi 28:30]. Por ejemplo, las verdades fundamentales del Evangelio restaurado no se le dieron a José Smith todas a la vez en la Arboleda Sagrada. Esos valiosos tesoros se revelaron según lo requirieron las circunstancias y en el momento propicio” (“El espíritu de revelación”, Liahona, mayo de 2011, págs. 87–88).

El élder Dallin H. Oaks enseñó que, en nuestra búsqueda de revelación continua, debemos comprender que hay una diferencia entre la revelación continua y con continuidad:

“Debemos reconocer que el Señor nos hablará por medio del Espíritu en Su propio tiempo y a Su propia manera…

“Oramos constantemente para tener guía, pero no debemos esperar revelación continua. Esperamos revelación con continuidad, que es la seguridad constante de que recibiremos revelación cuando busquemos guía y nuestras circunstancias sean tales que el sabio y amoroso Señor decida dárnosla” (véase “En Su propio tiempo y a Su propia manera”, Liahona, agosto de 2013, págs. 24, 29).

Doctrina y Convenios 42:74–93. La ley del Señor gobierna Su Iglesia

Después de que se recibieron las revelaciones registradas en Doctrina y Convenios 42:1–72, los líderes de la Iglesia tenían más preguntas respecto a cómo proceder con los miembros que habían transgredido la ley de Dios. Dos semanas después, el 23 de febrero de 1831, se recibió la revelación registrada en Doctrina y Convenios 42:74–93. El Señor había declarado que la “ley” de la Iglesia, tal como se encuentra en Doctrina y Convenios 42, se había dado para “gobernar [Su] iglesia” (véase D. y C. 42:59). Además, los miembros debían “guardar todos los mandamientos y convenios de la iglesia” (D. y C. 42:78).

Doctrina y Convenios 42:88. “… si tu hermano o tu hermana te ofende”

El élder David A. Bednar explicó cómo debemos responder cuando alguien nos ofende:

“De alguna forma y en algún momento, alguien en esta Iglesia hará o dirá algo que podrá considerarse ofensivo. Un suceso así ciertamente le ocurrirá a cada uno de nosotros e, indudablemente, más de una vez. Aun cuando las personas no tengan la intención de lastimarnos ni de ofendernos, actuarán alguna vez con falta de consideración y de tacto.

“Si bien ustedes y yo no podemos ejercer control sobre las intenciones ni el comportamiento de las demás personas, sí determinamos la forma en la que actuaremos. Les ruego que recuerden que tanto ustedes como yo somos agentes dotados de albedrío moral y que podemos escoger no sentirnos ofendidos…

“No deja de ser interesante que a la admonición: ‘Sed, pues, vosotros perfectos’ [Mateo 5:48] preceda de inmediato el consejo sobre el modo en que debemos actuar ante los que nos hacen mal y nos ofenden [véase Mateo 5:43–44, 46]. Evidentemente, los estrictos requisitos que llevan a la perfección de los santos comprenden asignaciones que nos ponen a prueba y presentan un reto. Si alguna persona dice o hace algo que consideramos insultante, nuestra primera obligación es negarnos a sentirnos ofendidos y, enseguida, comunicarnos en privado, con sinceridad y directamente con esa persona. Ese modo de actuar invita a la inspiración del Espíritu Santo y permite que se aclaren las malinterpretaciones y se comprendan las verdaderas intenciones” (véase “Y no hay para ellos tropiezo”, Liahona, noviembre de 2006, págs. 91–92).