La Iglesia proporciona apoyo a adultos y jóvenes que se encuentran encarcelados. Las siguientes instrucciones explican el tipo de apoyo que se puede proporcionar y cómo se administra a través del sacerdocio.
Sobre la base de los recursos disponibles, el presidente de estaca determina el apoyo que se ha de brindar a quienes se encuentren en las instituciones penales dentro de los límites de la estaca. Asimismo, supervisa ese apoyo asistido por otros líderes locales del sacerdocio. Si la estaca necesita ayuda para proporcionar servicio a las instituciones penales que están dentro de sus límites, un miembro de la Presidencia de los Setenta o de la Presidencia de Área puede asignar a una o a más estacas vecinas para prestar esa ayuda y servir como estaca agente para esa institución. Los miembros llamados a prestar servicio pueden provenir de fuera de los límites de la estaca agente, con la aprobación del presidente de estaca del miembro.
El presidente de la estaca agente o el obispo asignado pueden llamar a un poseedor del sacerdocio para supervisar el apoyo que se brinde a las personas recluidas en dichas instituciones. Normalmente, se debe llamar a hombres para trabajar con presos varones, aunque también se puede llamar a un matrimonio para trabajar con varones encarcelados. Se debe llamar a por lo menos dos hombres, dos mujeres o a un matrimonio para trabajar con las mujeres encarceladas. Los varones o las mujeres que son llamados a trabajar con las personas encarceladas no deben encontrarse solos con ellos.
Si fuera apropiado, el presidente de la estaca agente obtiene la aprobación para organizar una rama de institución penal (véase Manual 1: Presidentes de estaca y obispos, 9.1.10). Para conocer las pautas sobre la organización y el funcionamiento de una rama de institución penal, consulta “Rama de institución penal” más abajo.
La dirección y capacitación de las presidencias de la estaca agente y de las presidencias de rama de institución penal la brindan un Setenta de Área asignado, según sea necesario, y otras personas a las que se pueda llamar para ayudar.
Servicios de adoración
Por lo general, los servicios de adoración están disponibles para todas las personas que están en la cárcel que reúnan los requisitos para asistir según las normas de la institución. Los servicios pueden simplificarse según sea necesario a fin de satisfacer las necesidades de las personas que participan. Por lo general, los servicios siguen el mismo programa de la reunión sacramental, excepto que no se reparte la Santa Cena. Como excepción a las normas de la Iglesia, las personas que están en la cárcel pueden participar en los servicios ofreciendo la oración o dando discursos, sea cual sea su afiliación religiosa o su estatus como miembros de la Iglesia.
Los servicios de adoración deben identificarse claramente como proporcionados por La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días. Se pueden proporcionar en más de una ubicación dentro de la institución penal, según se permita.
Otro apoyo
Otros tipos de apoyo que se pueden dar a las personas que están en la cárcel, cuando la institución penal lo permita, incluyen la ministración, clases de la Escuela Dominical, un grupo de noche de hogar, clases de Seminario o Instituto y otros programas especiales, tales como la obra de historia familiar y el programa para recuperarse de las adicciones de Servicios para la Familia.
Cuando la institución penal lo autorice, se pueden hacer arreglos para proporcionar a las personas que están en la cárcel ejemplares de las Escrituras, Leales a la Fe, las revistas de la Iglesia y Church News. Estas publicaciones también podrían estar disponibles en una biblioteca.
Los miembros que son llamados a servir en instituciones penales brindan apoyo en asuntos espirituales y temporales y mantienen relaciones apropiadas con las personas que están en la cárcel.
Los miembros que son llamados a servir en instituciones penales deben:
Cuando sea apropiado y esté permitido, se pueden dar bendiciones del sacerdocio.
A continuación se explica la organización y el funcionamiento de las ramas de instituciones penales.
Presidencia de rama
El presidente de la estaca agente llama a la presidencia de rama de institución penal, la cual presta servicio bajo su dirección. (Para algunas instituciones designadas en Utah y Idaho, la Primera Presidencia ha autorizado que se llame a obispos en lugar de presidentes de rama. En esas unidades deben seguir llamándose obispos, a menos que la Primera Presidencia indique lo contrario).
El presidente de rama preside todas las reuniones de la rama. Él recomienda al presidente de la estaca agente los nombres de personas y matrimonios para prestar servicio en la institución.
El presidente de rama ayuda con el proceso del arrepentimiento a los miembros que están en la cárcel. Según sea necesario, se determina un curso de acción apropiado para administrar la disciplina de la Iglesia (véase Manual 1, capítulo 6).
Aunque los presidentes de rama tienen autoridad para efectuar matrimonios civiles, no deben celebrar matrimonios en instituciones penales.
La presidencia de rama tiene, además, las siguientes responsabilidades:
Organización de la rama
Además de la presidencia de rama, se puede llamar a un secretario ejecutivo y/o a un secretario de rama. Dependiendo de las necesidades, otros llamamientos pueden incluir los siguientes: un presidente del programa de música, maestros de la Escuela Dominical, maestros del grupo de noche de hogar, maestros de Instituto o de Seminario, obreros de centros de historia familiar y presidencias de organizaciones de la Iglesia. Las personas llamadas a servir en instituciones penales deben ser dignas de tener una recomendación para el templo. Las personas que están en la cárcel no son llamadas a ocupar puestos en la Iglesia, pero pueden participar al ofrecer oraciones, dar discursos o cumplir otras asignaciones apropiadas, sea cual sea su afiliación religiosa o su estatus como miembros de la Iglesia.
Registros e informes
Cédula de miembro. La cédula de miembro de las personas que estarán en la cárcel durante menos de tres meses debe permanecer en su barrio de origen. Si una persona va a ser encarcelada por más de tres meses, la cédula de miembro debe trasladarse a la rama de la institución penal. Cuando un miembro que está en la cárcel es liberado, la cédula de miembro se traslada a la unidad donde vaya a residir.
Si se ha retirado la condición de miembro de una persona que está en la cárcel, no habrá cédula de miembro. Sin embargo, con el consentimiento de la persona, su obispo anterior podría compartir información relevante sobre ella con el presidente de rama de la institución penal.
Informe trimestral. El secretario de rama prepara y envía el Informe trimestral – Barrio/rama. En el caso de las ramas de institución penal, la asistencia al servicio de adoración se debe contar como asistencia a la reunión sacramental. Las cifras de asistencia deben incluir a todas las personas —miembros de la Iglesia y otras personas— que asistan al servicio de adoración.
Presupuesto
La asignación de presupuesto proporciona fondos generales de la Iglesia para costear las actividades y los programas de las ramas en una institución penal. El presidente de la estaca agente determina qué parte de los fondos de la estaca se asigna a la rama (véase Manual 1, 14.7).
Transición al barrio o rama de residencia
Cuando se libera a una persona de una institución penal, sus necesidades pasan a quedar bajo la responsabilidad del barrio o de la rama de residencia. Por consiguiente, los presidentes de rama de las instituciones penales deben trabajar con los líderes del sacerdocio del barrio o de la rama de residencia durante la transición. Este proceso debe comenzar tres meses antes de la fecha en que la persona será liberada. Los asuntos legales y otros asuntos especializados deben dejarse a los profesionales.
Para recibir ayuda adicional
En colaboración con el Departamento del Sacerdocio de las Oficinas Generales de la Iglesia, los Servicios de Bienestar son responsables de los materiales y de los recursos profesionales para brindar ayuda a las personas que se encuentren en instituciones penales y a sus familiares. Para recibir ayuda, comunícate con los Servicios de Bienestar o con un miembro de la Presidencia de los Setenta o de la Presidencia de Área.